El Gobierno emite una guía para prevenir contagios en los comercios

El Gobierno ha hecho público el ‘Protocolo y guía de buenas prácticas dirigidas a la actividad comercial en establecimiento físico y no sedentario’. Un documento en el que el Ministerio de Comercio, junto con el sector y los principales sindicatos, llevan trabajando en su redacción desde hace varias semanas y que recoge las principales indicaciones que deben seguir los comerciantes en sus establecimientos.

La esperada guía recoge, en sus 32 páginas, una serie de protocolos y recomendaciones que los dueños del comercio, en su inmensa mayoría trabajadores autónomos, deben aplicar para segurar tanto el trato de sus clientes, como el de sus trabajadores. Además, de una serie de indicaciones para la adaptación del local para la apertura, tras la pandemia. Así, el documento recopila desde medidas tan básicas y conocidas como el lavado de manos, la forma correcta de quitarse los guantes, etc. Hasta otras tan específicas con el modo de uso de los aires acondicionados hasta las limitaciones del uso de los proobadores.

El documento ha sido redactado por el Ministerio, de Industria, Comercio y Turismo, y ha sido consensuado por el sector, organizaciones de autónomos y sindicatos. Sigue también todas las recomendaciones e instrucciones a las que obliga el Ministerio de Sanidad, y advierte de que a la hora de aplicar sus recomendaciones el autónomo debe atener a “las condiciones específicas establecidas en las órdenes ministeriales que regularan cada una de las fases de desescalada en que se encuentre en ese momento con el objeto de adaptar las indicaciones del Protocolo teniendo en cuenta aquellas medidas que fueran propias de cada una de lasfases como, por ejemplo, el aforo permitido en un establecimiento comercial”.

Las principales recomendaciones que hace la Guía

El ‘Protocolo y guía de buenas prácticas dirigidas a la actividad comercial en establecimiento físico y no sedentario’ está divido en dos bloques principales. El primero es el de Medidas Generes de Protección, en el que se recopilan todas aquellas medidas que deben aplicarse de forma generalizada en todo los establecimientos; y el segundo es el de Medidas Especificas, apartado en el que se ofrece a cada sector (una tienda de sombreros, una joyería, un expositor de muebles, etc) unas recomendaciones únicas.

Medidas de Generales de prevención para todo el comercios

En esta primera batería de recomendaciones, la guía recopila principalmente todas aquellas medidas que se han seguido durante el confinamiento y que deberán seguir presentes durante la fase de desescaldada como: el distanciamiento entre personas, la correcta higiene de manos, el uso de las soluciones hidroalcohólicas si no se pueden lavar las manos, la desinfección periódica de los objetos de uso personal (gafas, móvil, teclados) y, en zonas comunes, procurar una buena ventilación, realizar una limpieza diaria o el uso de guantes de un solo uso. En este primer bloque se ofrece también una serie de infografías sobre actuaciones básica para protegerse del virus, la forma correcta de quitarse los guantes o el uso de las mascarillas.

Asimismo, se recoge una serie de medidas generales de protección e higiene para los trabajadores, destacan: la prohibición de incorporarse un trabajador que esté en aislamiento por haber sido diagnosticados con el COVID-19, evitar el contacto estrecho y mantener una distancia mínima de dos metros, llevar una mascarilla quirúrgica o sanitaria en todo momento, organizar las tareas para que el empleado pueda lavarse asiduamente las manos durante la jornada laboral, la obligación para el titular de la actividad de que se asegure que sus empleados cuentan con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo (es importante recordar en este punto, que una Orden ministerial publicada el pasado 4 de mayo establece que durante la Fase 0, los dueños de un negocio deberán informar, formar y entregar EPIS -equipos de protección individual a sus trabajadores-, y que es altamente recomendable que se lleve un fichero, firmado por el empleado, de que el autónomo ha realizado dicha entrega), etc

También recomienda evitar la entrada de clientes que presenten síntomas (moqueo, congestión nasal, aspectos febril o lagrimeo). En caso de que éste entre, proceder a una desinfección de todos los puntos con los que haya podido tener contacto, la eliminación o clausura de lo lugares de trabajo de uso común como agua, cafeteras, neveras o microondas…

En cuanto a los comercio que dispongan de un uniforme para sus empleados, el ministerio recomienda que se manipule lo menos posible, se limpie diariamente y, en caso de que no fuera posible, se recomienda cubrir los uniformes con batas, guardapolvos o similares, etc.

Para la adecuación del local establece la creación de un protocolo de limpieza que se adapte a las características e intensidad de uso del mismo. Normalmente, este se realizará dos veces al día, una por la mañana antes de abrir y otra al medida, poniendo especial atención a la limpieza de superficies que hayan podido tener más contacto como muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, cestas, etc. También recomienda, en la medida de lo posible, que se mantengan las puertas abiertas con cuñas u otros sistemas para evitar que las personas tocas los pomos, entre otras.

Por último, el Ministerio incluye una serie de protocolos para el sistema de climatización y ventilación del establecimiento. Entre ellos se incluye la realización de una revisión de la instalación de climatización antes de la reapertura, para asegurar la limpieza o reemplazo de los filtros de aire exterior en caso necesario y maximizar en lo posible el caudal de ventilación; que se aumenten los espacios de ventilación exterior, se recomienda no encender ventiladores de techo o de pie ya que únicamente remueven el aire interior sin aportar aire fresco… En general, se pide que prime la ventilación con aire exterior sobre el confort y la eficiencia energética.

Medidas de Específicas de prevención para cada tipo de comercio

Aunque se incluyan todas dentro del sector del comercio, no es lo mismo una tienda de ropa, que una de muebles o una zapatería. Tampoco lo es una tienda de barrio, que un establecimiento en un centro comercial. Razón por la que el Protocolo recoge también una serie de indicaciones específicas para cada tipo de comercio. Este tipo está divido en varias partes:

  • Medidas organizativas

Se recomienda desarrollar un plan organizativo en el que se detallen todo los nuevos procedimientos, que incluya tanto las nuevas actuaciones del personal como el uso de material de protección; también que la entrada y salida del lugar de trabajo se realice de forma escalonada; que se limite el número de trabajadores coincidente y la individualización de las tareas todo lo posible… y la sustitución del sistema de fichaje por huella dactilar por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas.

  • Modo de actuación en caso de personal infectado o de riesgo

Primero es necesario tener unas nociones básicas sobre los síntomas del virus. Pero el protocolo que establece Comercio es básico:si el empleado empieza a presentar algún síntoma sospechoso se debe contactar de forma inmediata con la Comunidad Autónomo o centro de salud, y éste debe abondar su puesto de trabajo hasta que su situación sea valorada por un profesional sanitario.

  • Medidas generales de higiene y protección de los clientes

Uno de los aspectos más importantes para los autónomos en este bloque, es que el Ministerio da libertad a la hora de establecer como obligatorio el uso de mascarillas dentro de su establecimiento. No obstante, sí que obliga a limitar el aforo al máximo y en caso de que se llene. El cliente debe esperar en la puerta del establecimiento hasta que haya espacio suficiente entre personas. Asimismo, obliga a los establecimientos y locales a proporcionar a sus clientes guantes desechables, a informar de las medidas sanitarias adoptadas a través de la cartelería y a establecer un flujo controlado en la entrada y salida de clientes, evitando el cruce de unos y otros.

Por último también, detalla una serie de recomendaciones en cuanto a:

  • Medidas de protección específicas en Cajas y Puntos de Atención al Público: que se respete la distancia de seguridad, la instalación de mamparas de plástico, el fomento del pago electrónico, la preferencia de atención a a embarazadas, personas mayores, discapacitados, personas con movilidad reducida y padres y madres con niños menores de 3 años y carritos de bebé, etc.
  • Devolución de productos: El establecimiento contará con una estrategia de tratamiento y/o desinfección de los mismos que defina, en función de las características del producto, el tratamiento adecuado antes de ponerlos de nuevo a la venta, procediendo a su recogida con guantes desechables.
  • Máquinas expendedoras: informar sobre la conveniencia de utilizar guantes, extremar su limpieza, etc.
  • Recomendaciones específicas para los establecimientos ubicados en centros comerciales: se trata de una serie de recomendaciones que amplia las anteriores sobre el uso de zonas comunes o el parking, pero que no van dirigidas especialmente a las pequeñas tiendas, si no al centro comercial en su conjunto.

Recomendaciones específicas para distintos sectores comerciales

  • Alimentación: destaca la protección del producto cuando se tenga expuesto o la habilitación de medidas de seguridad cuando se compre a granel, la obligación del uso de guantes tanto para el vendedor como para el cliente, y la manipulación de alimentos no envasados…
  • Textil: los probadores de estos establecimientos deberán tener limitado su uso y procurar el desinfectado. La cortina de éstos solo debe tocarse con guantes y, en la medida de lo posible, se facilitarán guantes a los clientes a la hora de tocar los productos…
  • Calzado: realizar las pruebas del zapato con calcetines desechables y desinfectar el producto probado.
  • Joyerías, relojerías y similares: uno de los pocos establecimientos en los que su dueño, por las características de la actividad y el valor de los productos, podrá pedir al cliente que se descubra la cara y se quite la mascarillas. Éste, a su vez, tiene prohibido tocar cualquier tipo de superficie, vitrina o catálogo si no es con guantes… Para realizar la prueba de un producto, se deberá utilizar film desechable sobre la parte del cuerpo dónde se pruebe el artículo.
  • Tecnología, telefonía y cultura (libros, cd’s, películas y similares): sobresale de entre todas la medidas, que las devoluciones de libro o publicaciones en papel deben depositen en un lugar apartado y separadas entre sí durante 14 días, de manera que pueda garantizarse que no están infectados cuando vuelvan al canal librero.
  • Muebles: los muebles o accesorios que para su venta requieran de contacto físico deberán estar cubiertos con protectores. Cuando el reparto a domicilio lo hagan los montadores de la tienda éstos deberían llevar cantidad suficiente de elementos de protección individual (mínimo dos pares de guantes y 2 de mascarillas por persona) por si resultan dañados en alguna manipulación.
  • Tiendas de sombreros o tocados: se obliga al uso de gorros desechables para realizar la prueba de los productos.
  • Gasolineras: se obliga a mantener la zona de repostaje limpia y desinfectada.

Para consultar y descargar el ‘Protocolo y guía de buenas prácticas dirigidas a la actividad comercial en establecimiento físico y no sedentario’ haz clic aquí.

Fuente e imagen: autonomosyemprendedor.es

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