Los profesionales autónomos que deseen ofrecer sus servicios a través de un local físico deberán solicitar una licencia de apertura y una licencia de actividad para iniciar su actividad profesional.
Es importante tener en cuenta que la licencia se concede al dueño del local no al local en sí, por lo que en el caso de que se cambie de actividad, se debe volver a solicitar.
La licencia de apertura es una licencia municipal que debe tener cualquier oficina o local donde se vaya a desarrollar una actividad. Se trata de un documento que acredita que el local cumple con todos los requisitos para que se realice en él una actividad.
La licencia de actividad debe solicitarse, por su parte, para aquellas actividades con locales de venta al público superiores a los 300 metros o que perjudiquen al medio ambiente, patrimonio histórico, seguridad o salud pública. Si el local no cumpliera con estos requisitos solo sería necesario realizar una Declaración Responsable. De hecho, si es un traspaso de un negocio, aunque esté en el grupo anterior, tampoco es necesaria la licencia de actividad y bastará con la Declaración Responsable siempre y cuando no se hagan obras.
Solicitud en el Ayuntamiento
Para solicitar tanto la licencia de apertura como la de actividad hay que acudir al Ayuntamiento. Estas licencias las gestiona Urbanismo, aunque en ciertos consistorios también se puede solicitar en la Oficina de Medioambiente. No obstante, antes de solicitar dichas licencias hay que acudir a los profesionales para que se ocupen de certificar la viabilidad del local.
De hecho, para el permiso de apertura del negocio es necesario un informe técnico. Además, hay que tener en cuenta cuestiones como que el local cuente con un acceso para personas con discapacidad, una licencia de obra en el caso de que se vayan a realizar reformas, así como la insonorización y el cumplimiento de las medidas de higiene adecuadas en el caso de que el negocio se emplee para la venta de alimentación.
El coste de la licencia de apertura y de actividad variará, aunque generalmente el coste del informe técnico varía entre los 500 y los 1.000 euros en el caso de las actividades inocuas y hasta los 11.000 euros si se trata de actividades clasificadas. En cuanto a las tasas del ayuntamiento dependerán de la zona en la que se ubique el local, el tipo de actividad y de la ciudad.
Fuente e imagen: Cinco Días