Los pasos legales que un autónomo debe dar si inicia una actividad en España

Cuando uno desea montar un negocio, lo primero que tiene que hacer es darse de alta como autónomo. Para ello, lo que se debe hacer es darse de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Socia de los Autónomos, el RETA.

Es esencial que el alta en la Seguridad Social se tramite antes de empezar a prestar los servicios como autónomo. En ese sentido, se permite que un máximo de 3 veces al año, la fecha de alta en el RETA sea la del comienzo de la actividad siempre que no coincida con la del inicio del mes.

Asimismo se permite que sea la persona la que elija cuándo comenzar a cotizar, independientemente de que esto repercuta después en su prestación. Es decir, con anterioridad era necesario cotizar el mes completo, aunque nos diéramos de alta a mitad de mes.

Hoy día, esto no es así. Y sólo abonarás los días del mes que, en efecto, has estado de alta. Una vez que se hayan agotado las tres veces en las que el inicio de la cotización puede ser distinto al del principio del año, el autónomo deberá comenzar su cotización el primer día de mes. El trámite se puede realizar telemáticamente.

Darse de alta en Hacienda

Una vez el autónomo se haya dado de alta en la Seguridad Social, deberá hacer lo propio en Hacienda. Para ello tendrá que presentar los modelos 036 y 037 y se dará de alta en el Censo de Empresarios. El alta se llevará acabo en una delegación de Hacienda.

Por otro lado, antes de abrir un negocio, el autónomo tendrá también que darse de alta en el IAE, el Impuesto de Actividades Económicas. Solo están exentas del pago de este impuesto las personas y contribuyentes que realicen el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y que operen en España y tengan una cifra de negocios inferior al millón de euros.

Si, aparte, se quiere abrir un local para desarrollar la actividad, el autónomo deberá comunicarlo a la Autoridad Laboral para que pueda llevar a cabo el control de la seguridad en dicho lugar. La comunicación deberá hacerse o antes de abrir el centro de trabajo o durante los 30 días posteriores. En el modelo de comunicación que se presente habrá que rellenar toda la información relativa al empresario, al lugar de trabajo y a la actividad económica.

Fuente e imagen: Cinco Días

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